Requisitos de Debida Diligencia para Prevenir el Uso Indebido de los Servicios Bancarios y Fiduciarios en Panamá

 Requisitos de Debida Diligencia para Prevenir el Uso Indebido de los Servicios Bancarios y Fiduciarios en Panamá

Molina & Co / 10 2021

El acuerdo No 002-2019 de la Superintendencia de Bancos de Panamá  ( ¨SBP¨) 1. Perfil del Cliente Personas Naturales: Los Bancos y Empresas Fiduciarias ( ¨Entidades´) elaboran un formulario que será completado en la información del cliente, antes de iniciar la relación comercial, el cual estará acompañado por los correspondientes documentos de respaldo. El Formulario deberá contener, como mínimo, lo siguiente: Identificación y Verificación del Cliente. Origen y Destino de los Recursos o Patrimonio. Fuente de los Recursos o Patrimonio y Perfil Financiero del Cliente. Perfil Transaccional del Cliente. Persona Juridica: Pasaporte, Identificación  Tributaria del país o países donde es contribuyente. ( residencial fiscal ) Declaración Jurada, donde hace constar que cumple con las obligaciones fiscales. Identificación   y verificación del Cliente. Identificación de Dignatarios, Directores, Apoderados y Representantes Legales. Identificación del Último Beneficiario. Origen y Destino de los Recursos o Patrimonio. Fuente de los Recursos o Patrimonio. Perfil Financiero del Cliente.

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